¿En qué ámbitos ocurre la violencia contra las mujeres?
La violencia puede ocurrir en cualquier espacio público o privado. La ley de Protección Integral de las Mujeres define las siguientes modalidades en función del ámbito o contexto en donde ocurren:
●Violencia doméstica: es la ejercida contra las mujeres por un integrante del grupo familiar, independientemente del espacio físico donde ésta ocurra. Y aquella que dañe la dignidad, el bienestar, la integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial y la libertad, comprendiendo la libertad reproductiva y el derecho al pleno desarrollo de las mujeres. Mientras que se entiende por grupo familiar el originado en el parentesco sea por consanguinidad o por afinidad, el matrimonio, las uniones de hecho y las parejas o noviazgos. Incluye las relaciones vigentes o finalizadas, no siendo requisito la convivencia.
●Violencia institucional: es la realizada por los funcionarias, profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier órgano, ente o institución pública, que tenga como fin retardar, obstaculizar o impedir que las mujeres tengan acceso a las políticas públicas y ejerzan los derechos previstos en esta ley. Quedan comprendidas, además, las que se ejercen en los partidos políticos, sindicatos, y las organizaciones empresariales, deportivas y de la sociedad civil.
●Violencia laboral: aquella que discrimina a las mujeres en los ámbitos de trabajo públicos o privados y que obstaculiza su acceso al empleo, contratación, ascenso, estabilidad o permanencia en el mismo, exigiendo requisitos sobre estado civil, maternidad, edad, apariencia física o la realización de test de embarazo. Constituye también violencia contra las mujeres en el ámbito laboral quebrantar el derecho de igual remuneración por igual tarea o función. Asimismo, incluye el hostigamiento psicológico en forma sistemática sobre una determinada trabajadora con el fin de lograr su exclusión laboral.
●Violencia en el espacio público. Conocido popularmente como “acoso callejero”, es la violencia ejercida contra las mujeres en lugares públicos o de acceso público, como los medios de transporte o centros comerciales. Consiste en acciones físicas o verbales con contenido sexual contra una mujer que no quiere participar de esas acciones.
●Violencia contra la libertad reproductiva: la que vulnere el derecho de las mujeres a decidir libre y responsablemente el número de embarazos o el intervalo entre los nacimientos, de conformidad con la ley 25.673 de Creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable.
●Violencia obstétrica: la ejercida por el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, de conformidad con la ley 25.929 de Parto Humanizado.
●Violencia mediática: aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres.
●Violencia pública-política: es la que impide o limita el desarrollo propio de la vida política o el acceso a derechos y deberes políticos de las mujeres por medio de intimidación, hostigamiento, deshonra, descrédito, persecución, acoso o amenazas.
¿Qué impacto puede tener en la vida de una mujer la violencia doméstica?
La violencia doméstica puede afectar negativamente la salud física, mental, sexual y reproductiva de las mujeres. Alejandra Vázquez, psicóloga especialista en la temática de la asociación civil Surcos, explica que es posible que las mujeres que sufren violencia se nieguen a realizar una denuncia por sentirse inhibidas para actuar, por temor a represalias, por ausencia de redes de apoyo social, porque se encuentran afectadas por el estrés postraumático, porque carecen de recursos, por vergüenza o por culpa.
De acuerdo a la Organización Mundial de la Salud, la violencia doméstica puede:
●Tener consecuencias mortales, como el femicidio o el suicidio.
●Producir lesiones: el 42% de las mujeres víctimas de violencia por parte de su pareja refieren alguna lesión a consecuencia de dicha violencia.
●Ocasionar embarazos no deseados, abortos provocados, problemas ginecológicos e infecciones de transmisión sexual, entre ellas la infección por el VIH.
●La violencia de pareja durante el embarazo está asociada con un aumento en la probabilidad de abortos involuntarios, muertes fetales, partos prematuros y bebés con bajo peso al nacer.
●Causar depresión, estrés postraumático y otros trastornos de ansiedad, insomnio, trastornos alimentarios e intentos de suicidio.
●Entre los efectos sobre la salud también se encuentran las cefaleas, los síndromes de dolor (de espalda, abdominal o pélvico crónico), trastornos gastrointestinales, limitaciones de la movilidad y mala salud general.
Repercusión en los niños
●Los niños que crecen en familias en las que hay violencia contra las mujeres pueden sufrir diversos trastornos conductuales y emocionales. Estos trastornos pueden asociarse también a la comisión o el padecimiento de actos de violencia en fases posteriores de su vida.
●La violencia de pareja también se ha asociado a mayores tasas de mortalidad y morbilidad en los lactantes y los niños (por ejemplo, por enfermedades diarreicas o malnutrición o por menores tasas de inmunización).