El magistrado cuestionó la resolución del intendente Gerardo Merino, alegando un «mal asesoramiento» legal. Gélvez sostiene que la ordenanza citada para su jubilación lo excluye explícitamente de ese régimen.
Lo que comenzó como un trámite administrativo para la administración municipal se ha transformado en un conflicto institucional de relevancia. El Juez de Faltas N° 2 de Trelew, Marcelo Gélvez, confirmó que presentará una impugnación formal contra la resolución del intendente Gerardo Merino que lo intima a iniciar sus trámites jubilatorios.
En declaraciones exclusivas, el magistrado aclaró que el plazo para la presentación vence este 14 de abril y que el escrito ya está concluido. Gélvez fue enfático al señalar que su postura no es de rebeldía, sino de rigor legal: «En ningún momento rechacé la intimación, me notifiqué normalmente, pero voy a presentar una impugnación porque la resolución está apoyada en una normativa que no corresponde», afirmó.
El error técnico detrás de la medida
El eje de la defensa de Gélvez radica en la Ordenanza 12.208, que es el convenio colectivo de trabajo que regula a los empleados municipales. Según el Juez, existe un «mal asesoramiento» hacia el Ejecutivo, ya que dicha norma establece excepciones claras sobre a quiénes se les aplica el régimen.
«Ocurre que la Ordenanza 12.208 es el convenio de trabajo y ahí, en el Artículo 11, establece taxativamente que fuera de esta ordenanza quedan el Intendente, los Concejales y el Juez de Faltas», detalló Gélvez.
Bajo este argumento, el magistrado sostiene que su cargo no es el de un agente administrativo común, sino el de un funcionario designado con acuerdo del Concejo Deliberante, lo cual le otorga un estatus jurídico diferente al del resto de la planta municipal.
Un conflicto de interpretaciones
Para Gélvez, el fundamento de la impugnación es sólido: «Mal puede apoyarse la resolución en una ordenanza de la cual uno está excluido». Este punto técnico será el corazón del reclamo que llegará al despacho municipal en las próximas horas.
La resolución de este conflicto marcará un precedente sobre la autonomía de los juzgados de faltas y el alcance de las facultades del Ejecutivo sobre cargos con acuerdo legislativo. Por el momento, la jubilación de Gélvez queda supeditada a lo que determine el análisis legal de su impugnación.
